PLAN DE FACILIDADES DE PAGO

 

Sistema de adhesión al Plan de Facilidades de Pago vigente hasta diciembre de 2023

EMPLEADOR, el REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES informa que se ha aprobado un nuevo PLAN DE FACILIDADES DE PAGO, a fin regularizar su situación, con las siguientes características a saber:

  • PAGO ÚNICO, sin distinción de monto, se establece una quita del 50% sobre los intereses resarcitorios.
  • Para pago en dos cuotas, se establece una quita del 40% sobre los intereses resarcitorios.
  • Para pago en tres cuotas, se establece una quita del 30% sobre los intereses resarcitorios.
  • El empleador puede abonar su deuda en hasta 12 cuotas, considerando la cuota mínima vigente según lo establecido por la Comisión Nacional del Trabajo Agrario para la categoría de peón general permanente de prestación continua, comprendido en el Régimen Nacional de Trabajo Agrario, con una tasa de interés de financiación del 6% mensual.
  • EMERGENCIA AGROPECUARIA: Para aquellos empleadores alcanzados por declaraciones administrativas (Nacionales o Provinciales), debidamente acreditadas, de “Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario” en el período 2022/2023, podrán acceder a hasta 24 cuotas con una tasa de financiación del 3% mensual.
  • VENCIMIENTOS: Los planes en pago único, las primeras cuotas vencerán a los SIETE (7) días corridos de recepcionado el plan en Delegación Provincial o en Sede Central; en tanto que los vencimientos de las cuotas operarán los días 16 de cada mes.

 

¿Qué deuda comprende el nuevo PLAN DE FACILIDADES DE PAGO?

Comprende deudas por Contribuciones, incluyéndose la deuda con gestión administrativa, las deudas en proceso de verificación, por fiscalización, multas e infracciones y deudas con inicio de ejecución judicial.

¿Cómo me adhiero al PLAN DE FACILIDADES DE PAGO?

Deberá comunicarse con la Subgerencia de Recaudación y Control Contributivo, a los siguientes correos: recaudaciones@renatre.org.ar, o facilidades@renatre.org.ar. O bien, a los teléfonos 011 3986-9444 / Opción 7

¿Dónde se suscribe el convenio?

Lo pueden suscribir en Sede Central del Registro, en las Delegaciones Provinciales, o bien, ante Escribano Público o Juez de Paz.

¿En el caso de que se haya iniciado ejecución judicial contra el deudor, puede el mismo adherirse al Plan de Facilidades de Pago? ¿Qué sucede en el caso de que éste tuviere embargo trabado?

Sí, independientemente de la etapa procesal en que se encuentre el expediente, para adherir al Plan de Facilidades de Pago, el ejecutado deberá previamente desistir en forma lisa y llana de cualquier excepción y/o recurso que hubiera opuesto. En el caso de que el deudor se encontrare embargado sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza o existiere medida cautelar o ejecutoria, el Registro, una vez suscripta la adhesión al plan y presentado el instrumento firmado por las partes ante el Tribunal, podrá solicitar el levantamiento de la respectiva medida, debiendo en este caso el deudor ofrecer garantía sustitutiva suficiente, la que deberá ser aprobada previamente por el Registro.

¿Que medios de pagos habilitados existen?

Pueden optar por UNO de los siguientes medios de pago:
 RED LINK (pago electrónico)
PAGO MIS CUENTAS (pago electrónico)
INTERBANKING. (pago electrónico)
PAGO FACIL ( por ventanilla o a través de la APP Mercadopago – escaneando el código de barras)
BANCO NACIÓN ARGENTINA (por ventanilla)
El RENATRE no acepta transferencias, depósitos, ni valores de ningún tipo por fuera de las actas generadas por sistema.

 

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