Trabajadores
Prestación por Desempleo

Sistema Integral de Prestaciones por desempleo

El subsidio por desempleo contempla, además de la prestación económica, la cobertura médico-asistencial, el cobro de las asignaciones familiares, y capacitaciones que garanticen la reinserción laboral para todos los trabajadores rurales alcanzados por este seguro social. En el RENATRE se podrán gestionar las prestaciones por desempleo del Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo instituidas en la Ley Nº 25.191 para todos los trabajadores-as rurales desempleados-as. Cabe destacar que el período durante el cual se percibió la prestación se computará como tiempo efectivo a los fines previsionales. Actualmente, se puede solicitar la prestación de forma presencial en las distintas Delegaciones del Registro. o las Bocas de Entrega y Recepción (BER), y de forma virtual a través de la línea de WhatsApp Pampa (+54 911 2279-0400),

Te recordamos que no necesitas ningún intermediario para los trámites. Estamos para ayudarte y nuestra atención es personalizada

A su vez, para conocer  sobre el estado de su prestación, fecha de cobro, cantidad de cuotas y el importe puede consultar  a la  línea de WhatsApp PAMPA (+54 911 2279-0400) o llamar al 0-800-777-7366.

 

 

Preguntas Frecuentes

Prestación económica por desempleo Este beneficio consiste en una prestación de carácter económico y mensual que será calculada de conformidad a las modalidades, plazos y cuantías establecidas en la reglamentación.

1- ¿Qué beneficios comprende el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo?

  • a) Prestación económica.
  • b) Prestaciones médico asistenciales para el trabajador-a y su grupo familiar primario.
  • c) Servicio de Sepelio para el beneficiario-a de la prestación por desempleo y su grupo familiar directo por el tiempo de duración de la misma.
  • d) Asignaciones Familiares a cargo de ANSES
  • e) El período durante el cual se percibió la prestación se computará como tiempo efectivo a los fines previsionales.

2- ¿Dónde se solicita la Prestación por Desempleo?

• De forma virtual a través de la línea de la línea de WhatsApp automatizada (+54 911 2279-0400),  • De forma presencial en las distintas Delegaciones del Registro.. o las Bocas de Entrega y Recepción

3- ¿Cuáles son los requisitos para acceder a la Prestación por Desempleo?

  • Poseer el Código Único de Identificación Laboral (CUIL).
  • Encontrarse en situación legal de desempleo por causas no imputables al trabajador-a
  • Estar inscripto en el RENATRE.
  • Solicitar la prestación  dentro de los 90 días contados a partir de la fecha en la que el trabajador-a se quedó sin trabajo. Pasado ese tiempo se descontará un proporcional.
  • Que las contribuciones con destino al Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo, hayan sido declaradas por el empleador/a  en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones durante un período continuo o discontinuo:
    • Trabajadores-as rurales permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores a la finalización de la relación laboral que dio lugar a la situación legal de desempleo.
    • Trabajadores-as temporarios y permanentes discontinuos, deberán contar con los períodos declarados como empleado-a de 180 jornadas efectivas de trabajo dentro de los 36 meses inmediatamente anteriores al cese de la relación laboral/finalización de la temporada o ciclo de prestación de servicios.

4- ¿Cuánto tiempo dura la Prestación por Desempleo?

La duración de la Prestación por Desempleo se relaciona con el tiempo efectivamente trabajado y cotizado al RENATRE, dentro de los últimos 3 (tres) años anteriores al cese de la relación laboral/finalización de la temporada o ciclo de prestación de servicios que dió origen a la situación legal de desempleo.

Extensión por edad: El tiempo de la Prestación por Desempleo podrá extenderse por 6 meses adicionales con un monto equivalente al 70% de la prestación original, cuando el trabajador/a tuviera 45 años o más de edad, siempre que el interesado/a lo solicite en el término de 90 días contados desde la fecha de pago de la última cuota y aún persista la situación legal de desempleo.

5- ¿Qué documentación se debe presentar?

  • DNI
  • DOCUMENTACION QUE ACREDITE LA SITUACION LEGAL DE DESEMPLEO:

 

  • En caso de despido sin justa causa: Carta Documento; Telegrama, Actuación Notarial; Actuación Judicial; Actuación de Autoridad Competente

 

  • En caso de resolución del contrato por denuncia del trabajador –a fundada en justa causa- despido indirecto: Intercambio telegráfico completo entre empleador-a y trabajador-a

 

  • En caso de despido por fuerza mayor, falta o disminución de trabajo por causa no imputable al empleador-a que impida la continuidad de la relación: Carta Documento, Telegrama, Actuación Notarial, Actuación Judicial, o Actuación de Autoridad Competente

 

  • En caso de extinción colectiva total por motivos económicos o tecnológicos de los contratos de trabajo: Carta Documento, Telegrama, Actuación Notarial, Actuación Judicial o Actuación de Autoridad Competente

 

  • En caso de quiebra/concurso empleador-a: Carta Documento /Actuación Judicial o ante Autoridad Competente

 

  • En caso de expiración del tiempo convenido, finalización del ciclo o período estacional o temporal propio de la actividad objeto del contrato temporario: constancia de Baja AFIP donde surja la causal de finalización de contrato por tiempo determinado o plazo fijo, propio de la actividad temporaria

 

  • En caso de muerte, jubilación o invalidez del empleador-a individual, impeditivas de la continuidad del contrato de trabajo: Carta Documento, Telegrama, Actuación Notarial, Actuación Judicial, o Actuación de Autoridad Competente

 

  • ÚLTIMO RECIBO DE SUELDO

 

  • COMPROBANTE DE CBU (Clave Bancaria Uniforme) emitida por la entidad bancaria donde el trabajador-a cobrará su beneficio. No se admiten CVU (clave virtual uniforme) de mercado de pago, Ualá , etc.

 

  • DNI DEL GRUPO FAMILIAR (cónyuge- conviviente, hijos-as y otros familiares a cargo) y sus respectivas partidas de nacimiento y/o matrimonio, certificados de convivencia y/o  certificados de discapacidad y/o certificado con fecha probable de parto y/o certificado de estudios expedido por autoridad oficial para hijos-as mayores de 21 años hasta 25

6- ¿Quiénes NO pueden acceder a la Prestación por Desempleo?

Aquellos-as que:

  • Se encuentren contratados bajo la modalidad de pasantías o como becarios.
  • Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
  • Se desempeñen en carácter de trabajadores autónomos o pertenezcan al Régimen de Monotributo.
  • Pertenezcan a los siguientes regímenes: Régimen de la Ley de Contrato de Trabajo, siempre que la tarea desarrollada no sea rural, Régimen Especial para el personal de Casas Particulares, Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal, Establecimientos Privados de Enseñanza (Ley Nº 13047 y Resolución S.S.S. Nº 71/99), Personal Docente de la Educación Superior de Instituciones Universitarias Privadas reguladas de conformidad con la Ley Nº 24.521.

7. ¿Cuál es la modalidad de pago de la prestación?

  • A través de transferencia bancaria a la CBU (Clave Bancaria Uniforme)  de titularidad del  trabajador-a

De no contar con cuenta bancaria,  el RENATRE  gestionará su apertura en el Banco de la Nación Argentina para la transferencia del monto de la prestación por desempleo. El beneficiario-a  contará con el pago en su cuenta y con una tarjeta de débito para retirar los pagos desde cualquier cajero automático.

8- ¿Cómo conocer el estado del trámite?

Si usted tiene consultas sobre el estado de su prestación, fecha de cobro, cantidad de cuotas y el importe puede escribir a la siguiente línea de WhatsApp automatizada (+54 911 2279-0400), con su número de CUIL, llamando al 0-800-777-7366 opción 1, o bien ingresando a la página web www.renatre.org.ar .

9.- ¿Qué obligaciones tiene como beneficiario-a?

Al otorgarse la Prestación por Desempleo, el trabajador debe dar conformidad a las obligaciones que la reglamentación establece, destacándose las siguientes:

  • a) Proporcionar al RENATRE la documentación que reglamentariamente se determine, como así también comunicar los cambios de domicilio o de residencia.
  • b) Asistir a las acciones de formación y capacitación para las que sean convocados.
  • c) Aceptar los controles que establezca el RENATRE.
  • d) Solicitar la extinción o suspensión, según corresponda, del pago de la prestación económica por desempleo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 y artículo 18 del Anexo I de la Resolución RENATRE N°68/2017 (B.O. 10/05/2017) modificado por la Resolución Renatre N° 5151/23
  • e) Notificar al RENATRE el reingreso a la actividad laboral dentro de los cinco (5) días hábiles de producida dicha novedad, bajo pena de dar de baja el beneficio y la extinción del derecho. Asimismo, el RENATRE, se encuentra facultado a determinar la extinción del beneficio de oficio en caso de incumplimiento del/la trabajador/a.
  • f) Reintegrar los montos de prestaciones económicas indebidamente percibidas de conformidad con lo que el RENATRE determine.

* La anulación o suspensión debe solicitarse por escrito y puede hacerla personalmente ante la Delegación del Registro o BER (Bocas de Entrega y Recepción) más cercana a su domicilio, o enviarla por whatsapp a los teléfonos de las Delegaciones.

10- ¿Dónde realizo el trámite para incluir a mis familiares en la Prestación de Salud?

Al momento de solicitar la prestación por desempleo, a través del canal presencial o bien por la plataforma whatsapp, completando  los datos requeridos y acreditando el vínculo según cada caso.

11- ¿Puedo incluir un familiar a la cobertura una vez iniciado el cobro de mi Prestación por Desempleo?

Sí, en tal caso, podrá dirigirse a cualquier dependencia del RENATRE con la documentación correspondiente del familiar que desee incorporar, completando los datos del familiar en un nuevo formulario de solicitud de Cobertura de Salud con firma del trabajador y firma y sello del empleado de RENATRE o BER, o bien enviando la documentación por WhatsApp a las Delegaciones.

12- ¿Si alguien integrante de mi grupo familiar a cargo tiene alguna otra obra social, lo puedo incluir igual?

No, en el caso que cualquier integrante de su grupo familiar tenga otra cobertura, en calidad de titular o a cargo de otra persona, no podrá acceder a la cobertura de salud brindada por el RENATRE.

13- ¿Si mi cónyuge está embarazada, tengo que hacer algún trámite? ¿Y cuándo nazca mi hijo?

Si su cónyuge, conviviente o una beneficiaria titular del Sistema de Prestaciones por Desempleo se encontrara embarazada, deberá solicitarle a su médico un certificado con fecha probable de parto y presentarlo en el RENATRE a los fines de acceder al Plan Materno.

14- ¿A partir de qué momento comienza mi cobertura de salud?

Su cobertura de salud inicia el primer día del mes en el cual comienza a cobrar la prestación (siempre y cuando no se encuentre con cobertura por carencia).

15- ¿Qué es la carencia?

Es el período de cobertura que se extiende desde el primer día posterior a la fecha del despido hasta los noventa (90) días. Finalizado dicho período, comienza la cobertura a cargo del RENATRE.

16- ¿Cuándo finaliza mi cobertura de salud?

La cobertura se mantiene hasta el último día del mes en que finaliza el cobro del beneficio.

17- ¿Si se interrumpe por algún motivo mi Prestación por Desempleo, la cobertura de salud se extingue?

Sí, la cobertura de salud se interrumpe en el mismo momento que finaliza o se extingue la Prestación por Desempleo.

18- En caso de fallecimiento del beneficiario-a  ¿quiénes pueden cobrar las cuotas pendientes de la prestación por desempleo?

  • Cónyuge
  • Conviviente
  • Hijo/a propio o del conviviente (soltero – hasta 18 años)
  • Hijo/a propio o del conviviente incapacitado/a sin límite de edad
  • Heredero/a declarado judicialmente

 

¿qué documentación deberá presentar?

  • Nota en la que solicita el cobro de las cuotas pendientes del beneficiario-a fallecido-a, informando sucursal bancaria de cobro, o bien declarar un  número  de CBU de su titularidad, transcribiendo los 22 dígitos y acompañado constancia emitida por la entidad bancaria.

 

Para acreditar el vínculo se deberá adjuntar la siguiente documentación:

 

  • Partida defunción legalizada.
  • Constancia de DNI y CUIL (de quien solicita el cobro)
  • Acta de matrimonio
  • Información sumaria de convivencia (no menos de cinco (5) años anteriores al fallecimiento)
  • Partida de nacimiento.
  • Certificado de incapacidad (en caso de corresponder).
  • Sentencia de Declaratoria de Herederos legalizada.

 

La solicitud estará  sujeta a análisis, informándose sobre su resultado al interesado-a. Para más información comunicarse a la delegación RENATRE más cercana.

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